La reagrupación familiar es el procedimiento legal que permite a los extranjeros (no comunitarios) residentes en España traer a vivir consigo a determinados miembros de su familia.
Reagrupación Familiar
¿Qué es la Reagrupación Familiar?

¿A quiénes puedes reagrupar?
Si tienes una autorización de residencia en vigor en España, puedes solicitar la reagrupación de:
- Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad (biológicos o adoptados).
- Cónyuge o pareja registrada o pareja estable probada.
- Ascendientes de primer grado, mayores de 65 años (padres o suegros), si están a su cargo.
- Hijo o hija, mayor de edad, del reagrupante para ejercer de cuidador del reagrupante con discapacidad reconocida.
- Personas representadas legalmente por el reagrupante (en casos excepcionales).
Requisitos para solicitar la Reagrupación Familiar
Para el reagrupante (quien reside en España):
- Contar con autorización de residencia renovada o en vigor de al menos 1 año.
- Acreditar medios económicos suficientes para mantener al familiar (IPREM x número de personas).
- Tener vivienda adecuada (Informe de Vivienda).
que viene de fuera):
- No encontrarse dentro de España.
- Pasaporte en vigor.
- Acreditar el vínculo familiar (partida de nacimiento, matrimonio, certificado de pareja registrada, etc.).
- No tener antecedentes penales.
- Seguro de Salud (algunos supuestos).
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