Residencia para Familiares de Ciudadanos Españoles

¿Qué es la residencia para familiares de españoles?

La residencia para familiares de españoles es una autorización que permite a personas extranjeras que tengan un vínculo familiar con un ciudadano/a español/a, residir y, en muchos casos, trabajar en España.

Está pensada para favorecer la unidad familiar, reconociendo el derecho a vivir juntos en territorio español bajo condiciones dignas y seguras.

¿Quiénes pueden tramitar este permiso de residencia

Los siguientes familiares de un ciudadano/a español/a:

  • Cónyuge o pareja registrada.
  • Pareja de hecho no registrada, pero cuya relación esté debidamente acreditada.
  • Hijos del ciudadano español o de su pareja, menores de 26 años, mayores a cargo o con discapacidad, siempre que no formen una unidad familiar propia.
  • Padres del ciudadano español o de su pareja, en primer grado en línea directa, deben vivir a cargo del solicitante y no contar con apoyo suficiente en el país de origen. También en casos de razones humanitarias.
  • Progenitor/a o tutor/a legal de un menor español, si tiene a su cargo al niño/a o está al corriente de sus obligaciones parentales.
  • Único familiar que cuida de un español con grado de dependencia reconocido.
  • Hijos/as de personas que fueron españoles de origen.
  • Otros familiares que acrediten convivencia, dependencia económica o razones graves de salud o discapacidad.

Requisitos

Requisitos para el ciudadano español:

  • DNI o pasaporte español vigente.
  • Declaración responsable de no convivir con otra pareja o cónyuge.

Para el familiar extranjero:

  • Pasaporte en vigor.
  • Carecer de antecedentes penales en los últimos 5 años por delitos conforme al ordenamiento jurídico español.
  • No padecer enfermedades de repercusión grave para la salud pública (certificado médico).
  • Acreditar el vínculo familiar con el ciudadano español.

En casos necesarios, demostrar:

  • Dependencia económica.
  • Convivencia en España.
  • Discapacidad o problemas de salud.
  • Tiempo de relación y descendencia en común (en el caso de parejas estables no registradas).

¿Cómo se presenta la solicitud?

  1. Si el ciudadano español está en España y el familiar en el extranjero: Se presenta la solicitud ante la Oficina de Extranjería (OEX) de la provincia de residencia.
  2. Si ambos están en el extranjero: Se presenta la solicitud de visado directamente ante la oficina consular española.
  3. Si ambos están en España (solo para vínculos de cónyuge, pareja, descendiente menor o progenitor de menor español): Se puede presentar la solicitud directamente ante la Oficina de Extranjería.

Beneficios

Les permite obtener residencia legal en España por 5 años salvo excepciones.

Con derecho a trabajar por cuenta propia o ajena sin restricciones, si está en edad laboral.

Da la posibilidad de reagrupar a su propia familia una vez concedida la residencia.

Así como la posibilidad de obtener una autorización de residencia independiente en caso de ruptura del vínculo.

En S&S Derecho de Extranjería y Familia, te podemos ayudar:

  • Evaluar tu situación personal y familiar.
  • Preparar la documentación y acompañarte durante todo el proceso para obtener la residencia.
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